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Que viva el fútbol
jueves, 16 de mayo de 2013
Tribunal de disciplina liga santafesina (16 de mayo)
Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría "A"
OLIVER AGUSTIN _ ATENEO
SOMAGLIA AGUSTIN _ COLON
PONCE GERMAN _ LA PERLA
SUELDO NORBERTO _ LA PERLA
BRUNA FEDERICO _ LA SALLE
BRUNA JUAN I _LA SALLE
DEL SASTRE JOSE _ NACIONAL
RIVERO DIEGO _ NACIONAL
SANDOVAL JONATHAN _ NACIONAL
OLMEDO KEVIN _ NEWELLS
BAEZ LUCAS M _ SAN CRISTOBAL
BARBONA JUAN R_ SAN CRISTOBAL
DALLA COSTA JAVIER _ SAN CRISTOBAL
KLENZI LUIS _ SAN CRISTOBAL
CADENAZZI FELIPE _ SANTA FE FC
AGUIRRE SERGIO _SP. GUADALUPE
CABRERA UBALDO _ SP. GUADALUPE
SARAVIA FEDERICO _ SP. GUADALUPE
NOREIRA MARIANO_ UNIVERSIDAD
Primera Categoría "B"
LAZZAROTO GUILLERMO _ ATENAS
VILLALBA MILTON _ ATENAS
DELFINO MAXIMILIANO _ C. HELVECIA
GALVAN RODRIGO _ C. HELVECIA
GAYDOU LUCAS _ CICLON RACING
DIAZ CONRADO _ COSMO FC
FIGUEROA BRIAN _ EL CADI
GARIBOLDI MAXIMILIANO _GIMNASIA Y ESGR
MAYA JORGE _ GIMNASIA Y ESGR
PANIZZA EXEQIEL _ GIMNASIA Y ESGR
TOSINI FACUNDO_ JUVENTUD
PIVIDORI CARLOS _ NACIONAL
Categoría "Senior"
FERRONATO OMAR _ SAN CRISTOBAL
Primera Femenino
BARBERO MARIA _LA SALLE
JUGADORES SUSPENDIDOS
Visto : los informes de los partidos disputados entre los días 08/05/2013 al 12/05/2013.
Resuelve:
Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
PARIS MARTIN _ ATENEO _1 fecha. Art. 204
MOLINA NICOLAS _ BANCO_ 1 fecha. Art. 207
QUAGLIA JULIAN _ BANCO_ 2 fechas. Art. 201
RIOS HERNAN _BANCO_ 1 fecha. Art. 207
SANCHEZ MAURO _ BANCO_ 1 fecha. Art. 208
MINOTTI BRIAN _ COLON SAN JUSTO_ 1 fecha. Art. 207
LOBOS AGUSTIN _ COLON _ 1 fecha. Art. 207
MAYENFISH GERMAN_ COLON _ 1 fecha. Art. 207
MOLINARI MATIAS _ LA SALLE_ 1 fecha. Art. 208
NIETO CRISTIAN _ LAS FLORES_ 1 fecha. Art. 208
DEL SASTRE HERNAN _ QUILLA_ 1 fecha. Art. 207
ANNONI JONATAN _ SAN CRISTOBAL _4 fechas. Art. 200
BAEZ LUCAS _ SAN CRISTOBAL_ 1 fecha. Art. 207
FILIPPI JUAN _ SAN CRISTOBAL _1 fecha. Art. 208
TORRES PABLO _ SP. GUADALUPE_ 1 fecha. Art. 207
OGOL BRAIN _ CICLON NORTE_ 1 fecha. Art. 207
GANDIN GUSTAVO _ CICLON RACING_ 2 fechas. Arts. 200/220
SARCO FERNANDO _ COSMO FC _1 fecha. Art. 204
MANCUELLO ALEJANDRO _ DON SALVADOR _1 fecha. Art. 208
VEGA LUCAS _ FLORESTA _PROVISIONAL_ Art. 22
NUÑEZ EZEQUIEL_ INDEPENDIENTE _2 fechas. Art. 201
PERREN LEANDRO _ INDEPENDIENTE_ 1 fecha. Art. 207
PEREYRA MARTIN _ N. HORIZONTE_ 2 fechas. Arts. 200/220
FERNANDEZ LUCAS _PEÑALOZA_ 1 fecha. Art. 207
GOMEZ MATIAS_ PEÑALOZA 1 fecha. Art. 208
GONZALEZ HECTOR _ PEÑALOZA _1 fecha. Art. 207
Femenino
MANSILLA PAULA_ CICLON RACING_ 1 fecha. Art. 207
BONINO MAIRA _ EL CADI_ 1 fecha. Art. 207
PALLERO DAINA_ LOGIA SANTA FE _1 fecha. Art. 207
GONZALEZ NELIDA _ SP. GUADALUPE_ 1 fecha. Art. 207
MANSILLA CORINA _ SP. GUADALUPE_ 1 fecha. Art. 207
Senior
MUSOS DANIEL _ COLON _ 4 fechas. Art. 185
CHUBER DARIO 22.155.853 LA PERLA 3 200
FARIAS JOSE 21.720.863 LA PERLA 4 200
DECHIARA PAULO 22.932.597 LA SALLE 1 207
CAPORIZO RUBEN 20.806.448 NEWELLS 1 207
ACOSTA MARCELO 21.489.046 NOBLEZA 4 200/185
BURELLA GABRIEL 17.359.745 SAN CRISTOBAL 1 207
FERRONATO OMAR 17.222.946 SAN CRISTOBAL PROV 22
MODINI JORGE 14.402.356 SAN CRISTOBAL PROV 22
LOPEZ JOSE 18.441.367 SAN LORENZO 1 207
Suspensiones a los cuerpos técnicos
VARETTO JOSE _ BANCO _1 FECHA. Art. 260 1º A
GARCIA EDUARDO _ SANJUSTINO_ 1 FECHA_ Art. 260 1º A
JEANNEY LUIS _ SP. GUADALUPE _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 1º A
BIROLO LEANDRO _ COSMO FC _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 1º B
GALLUCCI DAVID 31.092.338 LOS JUVENILES _1 MES 260 3º B
BORDON JUAN JOSE _ AGUA Y ENERGIA _4 Fechas o multa de 84 VE a $ 20 c/u 260 5º
HAUPT LEANDRO _ COLON SAN JUSTO _4 Fechas o multa de 84 VE a $ 20 c/u 260 5º
PANIZZA HORACIO _ DEF ALTO VERDE_ 1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 5º
OJEDA ROBERTO _ LA SALLE _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 5º
GALETTO CARLOS_ DON SALVADOR _2 Fechas o multa de 42 VE a $ 20 c/u 260 8º
HOTUWOSKI ORLANDO _ EL CADI _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 8º
CICERCHIA MAURO _ UNIVERSIDAD _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260 FEM
ROJAS FACUNDO _ SANTA FE FC_ 4 Fechas o multa de 84 VE a $ 20 c/u 260 INF
Fallos sobre partidos
Expte Nº53/2013
Partido: DON SALVADOR vs. INDEPENDIENTE (9º), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
Córrase traslado de las actuaciones al Club
Don Salvador, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
Expte Nº52/2013
Partido: UNIVERSIDAD vs. QUILLA (6º), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
1)
Dar por perdido el encuentro al Club Universidad, por inferioridad numérica, con el siguiente resultado: Universidad 0 – Quilla 2. (cfr. arts. 106 inc. e y 152 del RTP)
2)
Archívese y publíquese.
Expte Nº51/2013
Partido: BELGRANO vs. ARGENTINO (5º), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
1)
Dar por perdido el encuentro al Club Argentino, por inferioridad numérica, con el siguiente resultado: Belgrano: 2 – Argentinos 0. (cfr. arts. 106 inc. e y 152 del RTP)
2)
Archívese y publíquese.
Expte Nº50/2013
Partido: SAN CRISTOBAL vs. COLON SFE (Senior), de fecha 10/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 10/05/2013.
RESUELVE:
Sancionar provisoriamente a los Sres. Jorge Mondini y Omar Ferronato, jugadores del Club San Cristóbal. (cfr. art. 22 del RTP).
2)
Córrase traslado de las actuaciones a los Sres. Jorge Mondini y Omar Ferronato, jugadores de Club San Cristóbal, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP).
Expte Nº49/2013
Partido: LOS JUVENILES vs. INDEPENDIENTE (1º), de fecha 11/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 11/05/2013.
RESUELVE:
1)
Córrase traslado de las actuaciones al Club Independiente, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP). (en dicho escrito deberá contar cargo y nombre de la persona imputada)
2)
Córrase traslado de las actuaciones al Club Los Juveniles, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
Expte Nº48/2013
Partido: FLORESTA vs. EL CADI (1º), de fecha 11/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 11/05/2013.
RESUELVE:
1)
Sancionar provisoriamente al Sr. Lucas Vega, jugador del Club Floresta. (cfr. art. 22 del RTP).
2)
Córrase traslado de las actuaciones al Sr. Lucas Vega, jugador del Club Floresta, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP).
Expte Nº47/2013
Partido: BELGRANO vs. ARGENTINOS (6º), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
1)
Sancionar provisoriamente al Sr. Daniel Salas,jugador del Club Argentino de San Carlos. (cfr. art. 22 del RTP).
2)
Córrase traslado de las actuaciones al Sr. Daniel Salas, jugador del Club Argentinos de San Carlos, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP). HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA de la Liga Santafesina de Fútbol
Expte Nº46/2013
Partido: ATENAS vs. FLORESTA (7º), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
Córrase traslado de las actuaciones al Club
Atenas, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
Expte Nº45/2013
Partido: GIMNASIA vs. SANTA FE FC (INF), de fecha 12/05/2013:
VISTO:
El informe del árbitro del partido de fecha 12/05/2013.
RESUELVE:
Córrase traslado de las actuaciones a los Clubes
Gimnasia y Santa Fe FC, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
Expte Nº43/2013
Partido: COLON SFE vs. UNIVERSIDAD (1º), de fecha 05/05/2013:
VISTO:
los escritos presentados por los Sres. Maximiliano Tesari y Leonardo Palombizio, cumpliendo en tiempo y forma lo solicitado en Boletín Oficial Nº16/2013. Y CONSIDERANDO: que en los escritos presentado por los Sres. Maximiliano Tesari y Leonardo Palombizio, jugadores del Club Universidad, corresponde señalar que las razones expuestas en el mismo no logran conmover los motivos tenidos en cuenta por este H.T.P., entre los cuales, cabe destacar que los informes arbítrales confeccionados constituyen semiplena prueba de lo que en ellos consignan y que solo mediante pruebas directas en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna. En tal sentido es dable advertir que en el informe en cuestión el Sr. árbitro en forma precisa y detallada da cuenta de la conducta antirreglamentaria llevada a cabo por los Sres. Tesari y Palombizio, y por todo lo expuesto:
RESUELVE:
1)
Sancionar al Sr. Leonardo Palombizio, por el término de 5 partidos. (cfr. arts 32, 33, 185, 201 y 220 del RTP).
2)
Sancionar al Sr. Maximiliano Tesari, por el término de 2 partidos. (cfr. arts 32, 33, 185 y 220 del RTP).
3)
Publíquese y archívese.
FUTSAL
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 08/04/2013 al 10/05/2013.
Resuelve:
Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
ROMANO VICTOR _ ACAP_ 1 fecha. Art. 207
SECURO LUCIANO _ ALIANZA_ 1 fecha. Art. 207
SIMEZ MARIANO _ FED AJEDREZ_ 1 fecha. Art. 207
CADENA CARLOS _LA PERLA_ 1 fecha. Art. 207
BRAVO NESTOR _ QUILLA _1 fecha. Art. 207
BRIZUELA JAVIER _ QUILLA_ 1 fecha. Art. 207
ALMIRON EVER _ SAN LORENZO_ 1 fecha. Art. 207
MACAINE ALAN _ SANJUSTINO_ 1 fecha. Art. 207
ESCOBAR IVAN _VECINAL SUR_ 1 fecha. Art. 207
Visto
: los informes de los partidos disputados entre los días 08/05/2013 al 10/05/2013.
Resuelve:
Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombres DNI Club
Sanción Art. Div.
BRUNET PEDRO _ UNION _PROVISORIO Art. 260
MAIDANA RUBEN _ QUILLA _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u 260
Expte Nº44/2013
Partido: SAN LORENZO vs. UNION (Futsal), de fecha 08/05/2013:
VISTO:
el escrito presentado por el Sr. Pedro Brunet en donde manifiesta en forma de descargo sobre su expulsión, en el partido de referencia, en donde se desempeñaba como parte del cuerpo técnico del club Unión. Y que también ha presentado un informe el coordinador de árbitros de Futsal, explicando las razones de su comportamiento en dicho encuentro y de la expulsión del Sr. Brunet. Cabe destacar que en los dos escritos existen coincidencia y contradicciones, pero lo expuesto por estas dos personas no pudieron estar ausentes en un informe arbitra si hubieran sucedido. Y como en el informe presentado por el Sr. Árbitro del partido sólo se informa de una "simple expulsión" del Sr. Brunet y de otro jugador expulsado, omitiendo los hechos narrados por el Sr. Brunet y el coordinar de árbitros.
RESUELVE:
1)
Sancionar provisoriamente al Sr. Pedro Brunet, integrante del cuerpo técnico del club Unión Sta. Fe. (cfr. art. 22 del RTP) y se da por presentado su descargo enviado a este Tribunal.
2)
Solicitar al Presidente del Colegio de árbitros que cite a los árbitros del partido para el día 22/05/2013 a las 19:30 hs en la sede de la Liga Santafesina de Fútbol.
Extraído del boletín del tribunal de disciplina de la Liga Santafesina
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