Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 08/03/2011 al 12/03/2011.-
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. Art 32/33 del RDTP.-
FERNANDEZ MARCOS _AGUA Y ENERGIA_ 2 fechas. Art. 204
GIARELLI LISANDRO _ ATENAS_ 1 fecha. Art. 207
JUNCOS LEANDRO _ ATENAS_ 1 fecha. Art. 207
TORRES JUAN _ ATENAS_ 2 fechas. Art. 186
GORIS RUBEN _ ATENAS_ 10 fechas. Arts. 184/210
MONJO JULIO _ BANCO PROV_ 1 fecha. Art. 207
IBAÑEZ ANDRES _ BELGRANO_ 3 fechas. Art. 200
BELLO EMILIANO _ C. HELVECIA_ 1 fecha. Art. 207
ROMERO JAVIER _ C. HELVECIA _1 fecha. Art. 207
EMABLE JOSE _ JUVENTUD_ 6 fechas. Arts. 185/207
BRUNA JUAN IGNACIO _ LA SALLE_ 1 fecha. Art. 207
OLIVERA MATIAS _ NEWELLS _1 fecha. Art. 207
VERA LEANDRO _ PUCARA_ 4 fechas. Art. 185
ZSIKAI DANIEL _ SAN CRISTOBAL_ 6 fechas. Art. 185
GRAEMIGER ERICO _ UNIVERSIDAD_ 1 fecha. Art. 207
Sansiones a los cuerpos técnicos
BODE CLAUDIO _C. HELVECIA _4 fechas o multa de VE 84 a $ 15 c/u . Art. 260 1º
BROIN FABIAN _ UNIVERSIDAD_ 2 MESES Arts. 32/33 1º
BRIGADA OSCAR _ SAN CRISTOBAL 1 fecha o multa de VE 84 a $ 15 c/u Art. 260 1º
Fallos sobre partidos
MATCH: NACIONAL vs. DON SALVADOR (1 ra.), de fecha 12/03/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 12/03/2011.-
RESUELVE:
Solicitar a la Secretaría de Torneos de la Liga Santafesina de Fútbol que reprograme dicho partido. Art. 32 y 33 del RDTP.-
MATCH: DEF. PEÑALOZA vs. EL CADI (1 ra.), de fecha 12/03/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 12/03/2011.-
RESUELVE:
Solicitar a la Secretaría de Torneos de la Liga Santafesina de Fútbol que reprograme dicho partido. Art. 32 y 33 del RDTP.-
MATCH: DEF. PEÑALOZA vs. EL CADI (3 ra.), de fecha 12/03/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 12/03/2011.-
RESUELVE:
Dar por finalizado el partido con el resultado en el momento de la suspensión (35 minutos del segundo tiempo). Def. Peñaloza 2 – El CADI 4. Art. 32 y 33 del RDTP.-
VISTO:
La presentación formulada por la Secretaría Administrativa-Contable de la Liga Santafesina de Fútbol de fecha 15 de marzo del año 2011, con motivo de la falta de cumplimento de pago de aranceles arbitrales.-
RESUELVE:
Se otorga a los clubes, NUEVO HORIZONTE y LAS FLORES II un plazo de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente al dictado de este boletín para que se efectúe el pago total de los aranceles arbitrales que adeudan. (Art. 77 del RDTP). Vencido este plazo de cinco días de dictada la resolución de emplazamiento sin que hubiera cumplimiento la obligación respectiva, el Tribunal deberá suspender provisionalmente al club infractor, elevando los actuados al Consejo Directivo de la Liga a los fines pertinentes. Art. 76del RDTP.-
Extraído del boletín del tribunal de disciplina de la Liga Santafesina de Fútbol
Nota Fútbol de Santa Fe: La presentación de Sportivo Guadalupe, sobre la inclusión inapropiada del jugador de Sanjustino José Luis Rodríguez fue rechazada por ser presentada fuera de término.
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