Que viva el fútbol

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sábado, 8 de mayo de 2010

Descargo público

Un fiel lector a nuestro blog, nos alertó de una publicación realizada en la página digital de La Voz de San Carlos. Pese a que en el comunicado publicado por la dirigencia de Argentino de San Carlos, esgrime que el mismo fue circulado a los medios de prensa, nunca nos llegó dicho comunicado. De todos modos La Voz de San Carlos, es una de nuestras fuentes informativas y hay muy buena relación con las personas que están a cargo y tenemos en excelente intercambio informativo permanente.
Pero pese a ello, Futbol de Santa Fe, esperó el comunicado del club Argentino de San Carlos, el que nunca llegó. Aunque en virtud de la importancia, vamos a reproducir la publicación de La Voz de San Carlos, esperando que en el futuro, Argentino se acuerde de tener en cuenta a Fútbol de Santa Fe, único espacio periodístico de la ciudad de Santa Fe, que se dedica durante todos los días de la semana a difundir la actividad de la Liga Santafesina de Fútbol.

COMUNICADO DEL CLUB ATLÉTICO ARGENTINO

La Sub Comisión de Fútbol de la institución albiceleste de nuestro medio, envió a distintos medios este Comunicado de Prensa respecto a la quita de puntos por la mala inclusión de Loretán y Propst en la primera fecha ante Colón de San Justo, y el otorgaminento de los mismos a la institución rojiblanca.
San Carlos Centro, 23 de abril de 2010
Comunicado de Prensa del Club Argentino de San Carlos
Referencia: Partido de Fútbol de Primera División de Liga Santafesina del día 17/03/10.Resultado: Argentino de San Carlos 4 - Colón de San Justo 1
Nuestra Institución fue sancionada por el "Tribunal de Disciplina de la Liga" con pérdida de los 3 puntos en disputa por considerar mala inclusión de 2 jugadores de nuestro equipo. Esta sanción la consideramos totalmente Injusta.
Al respecto deseamos expresar lo siguiente:
1) Nuestra Institución obró siempre de BUENA FE.
2) La inclusión en nuestro primer equipo de ambos deportistas fue realizada previa consulta a las Autoridades de la Liga Santafesina, las que dieron su consentimiento, previa consulta al Consejo Federal. A pesar de ello fuimos sancionados por el Tribunal de Disciplina de Liga Santafesina.
3) Recordamos que la sanción de nuestros jugadores provenía del Consejo Federal por ambas expulsiones por doble tarjeta amarilla ocurridas en un partido que disputamos ante Libertad de San Jerónimo Norte por el Torneo del Interior 2010.
4) Tal sanción por lo tanto debía cumplirse en el Torneo del Interior, pero al quedar eliminado nuestro equipo del mencionado certamen la misma fue trasladada a la Liga de origen o sea a la Liga Santafesina.
5) Cuando disputamos el partido liguista "anticipado en fecha" ante nuestro similar de Colón de San Justo aún no existía sanción de nuestros jugadores por parte del Consejo Federal porque no se había reunido su Tribunal de Disciplina. Menos aún podía existir la comunicación correspondiente a la Liga Santafesina y por lo tanto mal podíamos cumplir una sanción que no existía. Sobre este particular la Reglamentación habla de "penas aplicadas".
6) Ni bien el Consejo Federal trasladó la sanción a la Liga Santafesina y esta la notificó a nuestro Club procedimos a su cumplimiento en el partido siguiente o sea ante nuestro similar del Club Pucará.
7) También queremos expresar que en algún momento en Liga Santafesina se deberá proceder de acuerdo a lo que está escrito en el Reglamento de AFA en su Art. 152 (acompañamos fotocopia del mismo) Se puede apreciar perfectamente que concuerda con expresiones del propio Presidente de AFA Don Julio Grondona quien en ciertas ocasiones expresó que "los puntos se ganan en la cancha".-. De acuerdo a tal reglamento de AFA nuestro Club al ser considerado infractor pudiera haber sufrido la quita de los 3 Puntos, pero jamás esos puntos se les otorgarían a nuestro adversario el Club Colón de San justo que perdió categóricamente por 4 a 1 "en la cancha".
8) El Club Atlético Argentino de San Carlos es una Institución con 93 años de vida, un padrón societario de 8.800 socios, con práctica activa de 10 disciplinas deportivas y no va a "sufrir graves perjuicios" por tres puntos perdidos fuera de de la cancha en un partido de fútbol. En todo caso los mayores costos y consecuencias los soportaremos los dirigentes del Club Argentino que no logramos convencer al Tribunal de Disciplina y de esa manera evitar lo que consideramos una INJUSTA sanción aplicada.
9) También queremos manifestar que lamentamos profundamente todo lo sucedido principalmente por nuestros jugadores que participaron del partido ante Colón de San Justo. Ellos realizaron un gran esfuerzo para obtener una victoria deportiva y esta quedó totalmente invalidada con la quita de Puntos, y como si eso fuese poco, los 3 Puntos en disputa les fueron otorgados al rival.
10) Las autoridades del Club Atlético Argentino por este medio queremos manifestar que acataremos la sanción que se nos aplicó sin acudir a Tribunales Superiores.
11) Agradecemos a los numerosos Delegados y Presidentes de los Clubes que integran el Consejo Directivo de La Liga por comprender nuestra difícil situación brindándonos en todo momento un mayoritario apoyo.
12) Para finalizar expresamos que damos por terminada esta ingrata situación que nos tocó atravesar.
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Transcribimos el Artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y penas del Consejo Federal de Fútbol.
Art. 152 - PERDIDA DE PARTIDO - RESULTADO QUE SE REGISTRA - La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiese obtenido más de un gol.La pérdida de partido por ambos clubes hace perder los tres puntos a cada uno de ellos, registrándose, en este caso, el resultado de cero gol a favor y un gol en contra a ambos clubes.Estas disposiciones son de aplicación también cuando se adjudique puntos por inasistencia de equipo o por cesión de ellos.La anotación en la tabla de posiciones respectiva debe hacerse inmediatamente después de publicarse el fallo disciplinario.En el caso de tratarse del Campeonato de Primera División, la pena de pérdida del partido, hace perder al equipo sancionado los puntos correspondientes al encuentro, con el resultado a que alude el primer párrafo de este artículo.En el supuesto contemplado en el inciso f) del Art. 162º del Reglamento General, la pérdida de partido, hace a su vez perder los puntos al equipo de la entidad responsable o a los dos equipos, si concurriera culpa de ambos.Si solo uno de los clubes resultare responsable, la sanción de pérdida de los puntos obtenidos, no se acumulará a su contrario, pero el equipo que no incurriera en culpa, registrará a su favor los puntos que le correspondan si el resultado del partido fuere empate o ganado por el mismo.La pérdida de los puntos registrará además, como resultado de cero gol a favor y un gol en contra, para uno o ambos clubes sancionados.El equipo que no incurriera en culpa registrará además de los puntos que le correspondan cuando los obtenga en juego, la cantidad de goles logrados a su favor y los que le convirtieron en contra. El club responsable, en tal caso, además de la pérdida de puntos, no registrará a su favor los goles obtenidos, aunque registrará en contra los goles del equipo contrario, si es que le hubiesen convertido más de uno.
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SERGIO TROSSERO: Presidente Subcomisión de Fútbol Mayor
EDEL COLLA: Delegado Liga Santafesina de Fútbol
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ACLARACIÓN DE FÚTBOL DE SANTA FE
De nuestra parte, no vamos a interferir en el análisis del comunicado, aunque no coincidamos con algunos puntos. Pero lo que sí queremos dejar en claro es el error que se ha cometido en la transcripción del reglamento. ESTE NO ES EL REGLAMENTO DEL CONSEJO FEDERAL. EL REGLAMENTO QUE SE HA TRANSCRIPTO ES EL DE LA A.F.A.
La Liga Santafesina es indirectamente afiliada a la A.F.A a través del Consejo Federal. Por lo tanto al igual que todas las ligas del interior del país, el reglamento que se debe tener en cuenta es justamente el del Consejo Federal.
Es el mismo error que cometió en un primer momento el tribunal de disciplina, en la ocasión que había determinado no otorgar los puntos a Colón de San Justo.
También es obligación aclarar que las autoridades de la Liga Santafesina de Fútbol, nos manifestaron que el error administrativo fue por parte de ellos y que Argentino tal cual lo expresa este comunicado obró en base a ello. Incluso fue presentada una nota de descargo solicitando al tribunal que no se sancione al club Argentino. La cual tenemos entendido fue destimada por el tribunal.
Pero desconocer el reglamento es una falta que seguramente este hecho hará corregir.
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1 comentario:

  1. Eso también salió el martes que pasó esta semana en un sitio llamado Santa Fe Deportivo - santafedeportivo.com.ar - otro lugar donde hay información de la liga. Ahora entré pero no está porque dejan creo que las últimas 3 noticias que suben. Quizás esa noticia esté en la parte de archivo de la Liga. Abrazo. Buen laburo el de ustedes

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