Jugadores con nueve (9) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
AGOSTINELLI JORGE _ CICLON RACING
AGUET JUAN _ CICLON RACING
MENDOZA SERGIO _ NEWELLS
SILVETTI LUCAS _ NEWELLS
Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
BOGAO CARLOS _CICLON RACING
MOLLI NICOLAS _ CICLON RACING
MOYANO LEONEL _ CICLON RACING
PERRET NICOLAS _ CICLON RACING
GALVEZ CRISTIAN _NEWELLS
GUTIERREZ CARLOS_ NEWELLS
LENCINA JOAQUIN _ NEWELLS
MENDOZA SEBASTIAN _ NEWELLS
OYERAS ALAN _ NEWELLS
SARAVIA FEDERICO _ NEWELLS
JUAREZ MARCELO _ SANJUSTINO
PEREYRA CARLOS _ SANJUSTINO
RODRIGUEZ JOSE _ SANJUSTINO
CAVALLO EMILIANO _ UNIVERSIDAD
RIZZI CRISTIAN _ UNIVERSIDAD
ROSALES JAVIER _ UNIVERSIDAD
VERCELLONE GONZALO _ UNIVERSIDAD
Primera Categoría “B”
CHELINI FRANCO _ BELGRANO
AMARILLA LUCAS _ SP. GUADALUPE
LLUL ALEJANDRO _ SP. GUADALUPE
SILVA WILFREDO _ SP. GUADALUPE
TORRES PABLO _ SP. GUADALUPE
JUGADORES SUSPENDIDOS
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 28/11/2012 al 02/12/2012.-
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. Art 32, 33 y 40 del RTP.-
CARRIO RODRIGO _ BELGRANO_ 1 fecha. Art. 208
ALVAREZ GUIDO _ CICLON NORTE_ 2 fechas. Art. 201
GONZALEZ GUILLERMO _GIMNASIA Y ESG_ PROV. Art. 22
CHELINI MATIAS _ LA PERLA_ 1 fecha. Art. 208
OJEDA LUCAS _ LA PERLA_ 1 fecha. Art. 207
IPARRAGUIRRE NICOLAS _ LA SALLE_ 1 fecha. Art. 208
MILESI MATIAS _ LA SALLE_ 1 fecha. Art. 207
VASALLO LISANDRO _ LA SALLE_ 1 fecha. Art. 208
VERA LEANDRO _ PUCARA_ 1 fecha. Art. 207
AGUIAR CARLOS _ SAN CRISTOBAL_ 3 fechas. Art. 200
BROCHERO JULIAN _SAN CRISTOBAL_ 2 fechas. Art. 201
PORCO JORGE _ SAN CRISTOBAL_ 2 fechas. Art. 201
CASCO JUAN _ SANJUSTINO _1 fecha. Art. 207
MARTINEZ PABLO _SANTA FE FC_ 1 fecha. Art. 208
PAEZ MARIANO _ SANTA FE FC_ 1 fecha. Art. 207
GUZMAN JEREMIAS _ UNION _1 fecha. Art. 208
HOFSTETTER HUGO _ UNION _ 1 fecha. Art. 207
INTEGRANTES DE CUERPOS TECNICOS
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 28/11/2012 al 02/12/2012.-
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos de efectivo cumplimiento. Art. 32, 33 y 40 del RTP.
EQUIVEL GREGORIO _ LA SALLE_ 1 Fecha o multa de 21 VE a $ 20 c/u. Art. 260 1º
VERA AVELARDO _ CICLON NORTE _6 FECHAS. Art. 260 1º
LARROSA CRISTIAN _ INDEPENDIENTE _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 10 c/u. Art. 260 1º
FALLOS SOBRE PARTIDOS
Expte. Nº 119/2012
Partido: ARGENTINOS vs INDEPENDIENTE (INF MENORES):
VISTO y CONSIDERANDO: Nota presentada por el Club Independiente en donde informan que por distintas circunstancias esta jornada no se pudo llevar a cabo, y solicita la reprogramación de la misma. Desde la Secretaría de Torneos manifiestan que el Club Argentinos en fecha de 14/11/2012 se hizo presente a jugar dichos partidos y que en fecha 15/11/2012 había fecha del torneo programada. Por lo antes expuesto este H.T.P. cita por medio de la Secretaría a los presidentes de ambos Clubes. Se hacen presentes los Sres. Hilario Ríos, presidente del Club Independiente y Miguel Bolognesi, Vicepresidente 2° del Club Argentino de San Carlos.
RESUELVE:
Dar por perdido los partidos al Club Argentinos. En las tres divisiones de Inferiores Menores, con el siguiente resultado: Argentino: 0 – Independiente: 1. Art. 32 y 33 del RTP. Archívese y publíquese.
Expte Nº118/2012
Partido: COSMO FC vs. EL QUILLA (Femenino), de fecha 02/12/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 02/12/2012.
RESUELVE:
1) Dar por perdido el partido al Club El Quilla, con el siguiente resultado: Cosmo FC: 1 - El Quilla: 0. Art. 109 y 152 del RTP.
2) Sancionar al Club El Quilla con una multa de 58 VE a $ 10 c/u. Art. 32, 33 y 109 del RTP.
3) Archívese y publíquese.
Expte Nº117/2012
Partido: ARGENTINO vs. GIMNASIA Y ESGR (1º), de fecha 30/11/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 30/11/2012.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al Sr. Guillermo González, jugador del club Gimnasia y Esgrima. Art. 22 del RTP.
2) Córrase traslado de las actuaciones al Sr. Guillermo González, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. Art. 8 del RTP.-
Expte. Nº 116/2012
Partido: SANJUSTINO vs BANCO PORV. (INF MENORES):
VISTO y CONSIDERANDO: Notas presentadas por ambos clubes en donde informan que por distintas circunstancias esta jornada no se pudo llevar a cabo, y siendo que el Club Sanjustino solicita la reprogramación de los partidos de referencia y que el club Banco, demuestra el deseo de no jugarlo debido a que ya ha viajado en otra oportunidad y no se pudo jugar por inclemencias del clima, solicita no jugar dichos partidos ya que licenció a los planteles , teniendo en cuenta que de parte del Club Banco se trató de jugar anteriormente.
RESUELVE:
Dar por perdido los partidos al Club Banco Porv. En las tres divisiones de Inferiores Menores, con el siguiente resultado: Sanjustino: 1 – Banco Porv.:0 Art. 32 y 33 del RTP. Archívese y publíquese.
Expte. Nº 115/2012
Partido: DEF. PEÑALZOA vs N HORIZONTE (7º), de fecha 02/12/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 02/12/2012.
RESUELVE:
Dar por perdido el partido al Club Def. Peñaloza, por inferioridad numérica, con el resultado de planilla al momento de ser suspendido el partido. (Def. Peñaloza: 0 – N. Horizonte: 4). Art. 32, 33, 106 y 152 del RTP. Archívese y publíquese
Expte. Nº114/2012
Partido: EL QUILLA vs. INDEPENDIENTE (6º), de fecha 02/12/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 02/12/2012.
RESUELVE:
Dar por perdido el partido al Club Independiente, por inferioridad numérica, y ganado al club El Quilla; con el siguiente resultado: El Quilla: 1 – Independiente: 0. Art. 32, 33, 106 y 152 del RTP. Archívese y publíquese
Expte Nº113/2012
Partido: DEF. PEÑALOZA vs. N. HORIZONTE (5º), de fecha 02/12/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 02/12/2012.
RESUELVE:
1) Dar por perdido el partido al Club Def. Peñaloza, con el siguiente resultado: Def. Peñaloza: 0 - N. Horizonte: 1. Art. 109 y 152 del RTP.
2) Sancionar al Club Def. Peñaloza con una multa de 58 VE a $ 10 c/u. Art. 32, 33 y 109 del RTP.
3) Archívese y publíquese.
Expte Nº112/2012
Partido: N. HORIZONTE vs. ATENEO (5º), de fecha 02/12/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 02/12/2012.
RESUELVE:
1) Dar por perdido el partido al Club ATENEO, con el siguiente resultado: N. Horizonte: 1– Ateneo: 0. Art. 109 y 152 del RTP.
2) Sancionar al Club Ateneo con una multa de 58 VE a $ 10 c/u. Art. 32, 33 y 109 del RTP.
3) Archívese y publíquese.
Expte Nº111/2012
Partido: N. HORIZONTE vs PEÑALOZA (8º), de fecha 26/11/2012:
VISTO: Que el Club N. Horizonte no cumplimentó con lo solicitado en Boletín Nº45/2012.
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho a la defensa al Club Nuevo Horizonte y se lo declara en rebeldía. Art. 7 del RTP.
2) Se clausura el estadio del Club Nuevo Horizonte para partidos oficiales organizado por la Liga Santafesina de Fútbol, en todas sus categorías, hasta la fecha que sea habilitado por la Secretaría de habilitación de Estadios. En donde esta Secretaría y el Club lo deberán comunicar por escrito a este tribunal. Art 32 y 33 del RTP.
3) Publíquese y archívese.
Expte Nº110/2012
Partido: AGUA Y ENERGIA vs SAN CRISTOBAL (6º), de fecha 25/11/2012:
VISTOY CONSIDERANDO: El escrito presentado en tiempo y forma por el Club Agua y Energía, en donde deslinda cualquier responsabilidad por lo denunciado por el Sr. Árbitro en el informe arbitral del partido de referencia.
RESUELVE:
1) No pudiéndose encontrar pruebas en donde se responsabilice de los hechos al Club Agua y Energía y siendo que no se puede demostrar que lo denunciado haya sucedido en el predio, este H.T.P. da por finalizado los autos.
3) Publíquese y archívese.
Expte Nº107/2012
Partido: EL CADI vs ATENAS (9º), de fecha 25/11/2012:
VISTO: Que el club Atenas no cumplió con lo solicitado en el Boletín Nº45/2012.
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho a la defensa al Club Atenas y se lo declare en rebeldía. Art. 7 del RTP.
2) Se sanciona al Club Atenas con 1 (una) amonestación. Art 32, 33 y 287 del RTP.
3) Publíquese y archívese.
Expte Nº106/2012
Partido: JUVENTUD vs. EL QUILLA (Senior), de fecha 22/11/2012:
VISTO: Nota presentada por la Secretaría de Torneos de la Liga Santafesina de fútbol, en donde se reonoce un error administrativo.
RESUELVE:
1) Rectificar lo actuado en Boletín Nº45/2012 dejando sin efecto la multa de 58 VE a $ 10 c/u impuesta al Club El Quilla. Y quedando firme en la determinación de dar por perdido el partido al Club El Quilla, con el siguiente resultado: Juventud: 1– El Quilla: 0. Art. 32 y 33 del RTP.
2) Archívese y publíquese.
Expte Nº104/2012
Partido: PUCARA vs. COLON DE SAN JUSTO (1º), de fecha 17/11/2012:
VISTO: Que entre ambos clubes llegaron a un acuerdo, y el club responsable se hizo cargo de los gastos por los daños sufridos en las instalaciones del Club Pucará.
RESUELVE:
Se da por presentado lo solicitado en el Boletín Nº45/2012, siendo que el Club Pucará no tiene más nada por reclamar al Club Colón de San Justo. Archívese y publíquese. Art. 32 y 33 del RTP.
Expte Nº102/2012
Partido: AGUA Y ENERGIA vs. SP. GUADALUPE (1º), de fecha 17/11/2012:
VISTO: El escrito presentado por el club Agua y Energía de fecha 04/12/2012.
RESUELVE:
1) Se aceptan las disculpas solicitadas y se ratifica lo actuado en el Boletín Nº45/2012. Art. 32 y 33 del RTP.
2) Publíquese y archívese.
Total de Amonestaciones acumuladas por Club impuestas por el H.T.P.
Club Amonestaciones
Agua y Energía 2
Argentino 3
Atenas 1
Colón San Justo 9
Independiente 3
La Perla 3
Las Flores 3
Nacional 4
N. Horizonte 5
Newells 5
Peñaloza 2
Sp. Guadalupe 1
San Cristobal 2
Extraído del boletín del tribunal de disciplina de la Liga Santafesina de Fútbol
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