Si bien, no hubo actividad el pasado fin de semana, algunos fallos habían quedado pendiente de resolución. Los jugadores de San Cristóbal de 7° división son sancionados, pero no se especifica por cuánto tiempo.
Respecto del jugador de Independiente, Nicolás Fernández que agredió al árbitro Ricardo Spacessi, recibió 5 años de suspensión. Lucas Ortega fue sancionado por 3 años y para Sergio Aguirre 15 fechas, con lo cual recién en el Clausura podrá reaparecer.
MATCH: SP. GUADALUPE vs. SAN CRISTOBAL (7ma.), de fecha 24/04/2011:
VISTO: Nota presentada por el Club Sp. Guadalupe reclamando los daños sufridos en su estadio, los informes de los árbitros del partido de fecha 24/04/2011 y el descargo del Club San Cristóbal.
RESUELVE
*Se solicita al Club Sp. Guadalupe que presente para el día 10/05/2011, fotos de los daños sufridos, detalle y presupuestos de reparación de los mismos.
* Se clausura provisoriamente el estadio del Club San Cristóbal para las categorías de Inferiores Mayores (5º, 6º y 7º). Art. 32 y 33 del RDTP.-
* Se sancionan a los siguientes jugadores:
MARANO MARTIN _ SAN CRISTOBAL
BARRAZO RAMON _ SAN CRISTOBAL
LEGUIZAMON MAURO _ SAN CRISTOBAL
JARA MAXIMILIANO _ SAN CRISTOBAL
BOGADO EMILIANO _ SAN CRISTOBAL
GIMENEZ DIEGO _ SAN CRISTOBAL
MATCH: BELGRANO vs. SAN CRISTOBAL (1ra.), de fecha 23/04/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 23/04/2011.-
RESUELVE
* Se declara en rebeldía al Club Belgrano de Coronda y se lo sanciona con un multa de VE 50 a $ 8 c/u Art. 15 inc. b del RDTP.
* Sancionar Sr. FARIAS Guido, jugador del Club Belgrano de Coronda por el término de 5 partidos. Art 32,33 y 185 del RDTP.
MATCH: ATENAS vs. INDEPENDIENTE (3ra.), de fecha 23/04/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 23/04/2011 y descargo del Club Atenas.-
RESUELVE
Sancionar al Sr. Gaitán Matías, jugador del Club Atenas por el término de 2 partidos. Art. 201 del RDTP.-
MATCH: ATENAS vs. INDEPENDIENTE (1ra.), de fecha 23/04/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 23/04/2011.-
RESUELVE
*Se declara en rebeldía al Club Independiente. Art 32 y 33 del RDTP.-
* Se sancionan a los siguientes jugadores:
MARTINEZ MAURO _ INDEPENDIENTE _4 partidos Art. 200
FERNANDEZ NICOLAS _ INDEPENDIENTE_ 5 años Art. 183
AGUIRRE SERGIO _ INDEPENDIENTE _15 partidos Art. 184
ORTEGA LUCAS _ INDEPENDIENTE_ 3 años Art. 183
MATCH: UNION SFE vs. COLON SFE (3ra.), de fecha 23/04/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 23/04/2011 y descargo del Club Unión de
Santa Fe.-
RESUELVE
Se sanciona al Club Unión de Santa Fe con un multa de VE 50 a $ 15 c/u Art. 80 inc. b del RDTP.-
MATCH: INDEPENDIENTE vs. EL CADI (1Oma.), de fecha 24/04/2011:
VISTO: Los informes de los árbitros del partido de fecha 24/04/2011.-
RESUELVE
*Se declara en rebeldía al Club Independiente. Art. 32 y 33 del RDTP.-
* Con respecto al personal del cuerpo técnico del Club Independiente, el Sr. Larrosa Cristian, es sancionado por el término de 1 mes.-
VISTO: Nota de fecha 27/042011, del Club Nuevo Horizonte.-
RESUELVE:
* Solicitar al Club N. Horizonte presupuesto o factura del costo de reparación de los daños.-
* Se solicita descargo por escrito al Club Floresta para el día 10/05/2011, se deja copia de la nota en la secretaría de la Liga Santafesina de fútbol.-
Extraido del bolentín del tribunal de disciplina de la Liga Santafesina de Fútbol
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