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viernes, 15 de febrero de 2013
Palermo perdió los puntos por no presentar médico
EXPEDIENTE Nº 1902/13 – TORNEO DEL INTERIOR 2013
Ref. Club Atlético Palermo, partido suspendido por falta de médico.-
Buenos Aires, 7 de enero de 2013.-
AUTOS y VISTOS:
El informe producido por el árbitro del partido que disputaron Club Atlético Palermo y C.A. Rosario Tala por el Torneo del Interior que debía disputarse el 26 de enero, del que resulta y
CONSIDERANDO:
1°) El árbitro Gastón Freyre, designado para dirigi r el partido entre C. A. Palermo y C. A. Rosario Tala informó al Tribunal que “A la hora de confeccionar planilla… solicitamos que se haga presente el profesional médico…constato que el mismo no podía acreditarse como médico ya que no contaba con ningún documento…no le permití firmar y solicité que se localice a otro profesional…espero un tiempo de 30 minutos se hizo presente la Dra. Cavenaghi Lorena ..de esta manera decido dar comienzo al partido. Dentro
del campo de juego observo que la antes citada no estaba presente. Consulto a los dirigentes locales y los mismos me dicen: “ se fue, está de guardia” …decido esperar nuevamente un período. Al esperar 30 nuevos minutos decido no disputar el partido….”
El Club Atlético Palermo se presentó ante el Tribunal y respecto a lo informado por el árbitro, manifestó que el club había contratado los servicios médicos y ambulancia del Centro de Salud Corrales quienes prestaban
servicios en el horario del partido.
Que cuando la profesional va a firmar la planilla se le solicita la credencial y dice que la tenía en trámite, pero que en la Provincia de Entre Ríos podía ejercer igual.
Que esto no es aceptado por el árbitro, vuelven al centro de salud en busca de otro profesional y es así que la doctora que se encontraba de guardia, concurre al estadio; firma la planilla y no se quedó, pues alegó que tenía pacientes en el consultorio.
Que luego buscaron otro médico y el árbitro dijo que se había esperado mucho y que le habían tomado el pelo.
Que el club nunca incumplió con la presentación del médico y la ambulancia.
Que solicitan se vea la posibilidad de reprogramar el encuentro para otra fecha.-
Dicha presentación aclarando los términos, cumple las veces del descargo al informe arbitral. (art. 7 del R.T.P.).-
2°) El informe que confecciona el árbitro, o sus asistentes, constituyen para el Tribunal semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y sólo mediante el aporte de prueba directa en contrario podrá desacreditar ese valor asignado.-
El artículo 106, letra “m” del R.T.P. establece que corresponde la pérdida del partido cuando el árbitro lo deba suspender por falta de médico en divisiones inferiores y superiores.
El artículo 62, letra “b” del Reglamento del Torneo del Interior 2013 viene a complementar al citado artículo del R.T.P., al establecer que es responsabilidad de Club que actúa como local la adopción de medidas que,
en caso de accidentes, permitan la atención del accidentado (primeros auxilios), tales como la presencia de personal médico, ambulancias, etc.
Además cuando se inscribe la lista de buena fe previa al torneo, debe agregarse todos los datos de cada uno de los integrantes del cuerpo técnico y aun del médico específicamente (Art. 26 letra g-3 del Reglamento del
Torneo).
Surge sin lugar a dudas que los equipos que juegan el Torneo del Interior deben tener como integrantes de su cuerpo técnico, un médico; sin embargo, es al club local al que se le exige la presencia de un médico y ambulancia.-
No puede entrar a considerar el Tribunal, como causa de excusa o justificación, el hecho de que hicieron la contratación del servicio y que el médico llegara tarde.
La única posibilidad que tiene el árbitro es de certificar la presencia del médico y que el profesional, además, se presente con la credencial habilitante.
Es exigencia inexcusable que mientras se desarrolla un partido de fútbol un médico, esté presente durante el partido a disposición de los protagonistas.-
Si un club intenta competir en un campeonato nacional, debe comprender que en cada partido su delegación debería ser acompañada por un médico; ese es el sentido que, a las listas de buena fe, se les incorpore un médico como integrante del cuerpo técnico.
El partido deberá darse por perdido al club local y registrar el resultado de conformidad a lo que establece el art. 152 del R.T.P.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB ATLÉTICO PAL ERMO POR NO HABER CONTADO AL MOMENTO DEL ENCUENTRO CON SERVICIO MÉDICO (ARTS. 32, 33, 106 “M” DEL R.T.P. Y 62 LETRA “B”).-
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: CLUB ATLÉTICO PALERMO 0 - CLUB ATLÉTICO ROSARIO TALA 1. (ART. 152 DEL R.T.P.).-
3°) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.-
Ascenso del Interior
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