Que viva el fútbol

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jueves, 29 de octubre de 2009

Las sanciones del Tribunal

Jugadores suspendidos:
GARCIA PABLO // AGUA Y ENERGIA // 2 fechas, art. 201
MILACHER NICOLAS// ARGENTINOS // 1 fecha, art. 207
MODINI JORGE ADRIAN // ATENAS // 2 fechas, art. 201
VAGLIENTE FERNANDO // ATENEO // 6 fechas, arts. 185/200
ALOY LUIS // BELGRANO // 1 fecha, art. 208
CABRAL DARIO // BELGRANO // 1 fecha, art. 208
ZEBALLOS CARLOS // BELGRANO // 1 fecha, art. 207
PERALTA RICARDO // Ciclón Norte // 1 fecha, art. 208
SOSA DAIAN // COLON // 2 fechas, art. 201
CARDOZO HERNAN // COLON SAN JUSTO // 1 fecha, art. 208
CRESPI EXEQUIEL // DON SALVADOR // 1 fechar, art. 208
MENDOZA MARIO // DON SALVADOR // 1 fecha, art. 207
GOROSITO ALEXIS // EL CADI // 1 fecha, art. 208
SUAREZ DANIEL // EL CADI// 3 fechas, art. 200
VILLALBA JUAN // EL CADI // 1 fecha, art. 207
CAÑETE URIEL FEDERICO // INDEPENDIENTE // 4 fechas, art. 185
RE FEDERICO// LA SALLE // 1 fecha, art. 207
FERNANDEZ JUAN // N. HORIZONTE //3 fechas, art. 200
DEL SASTRE JORGE // NACIONAL // 2 fechas, art. 208
GONZALEZ JORGE // NACIONAL // 1 fecha, art. 208
DUARTE MIÑO // PEÑALOZA //1 fecha, art. 207
GREMON LUIS // PEÑALOZA //1 fecha, art. 207
ESPINOSA CESAR // PUCARA // 2 fechas, art. 208
AGUILAR FEDERICO // SP. GUADALUPE // 1 fecha, art. 208
ROSSINI FERNANDO// SP. GUADALUPE // 1 fecha, art. 207
ACOSTA MAXIMILIANO // UNION // 1 fecha, art. 207
SERRA FACUNDO // UNION // 4 fechas, arts. 185/210
BAEZ LUCAS // UNL // 2 fechas, art. 208
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Resoluciones sobre partidos:

MATCH: Banco Provincial vs. Gimnasia y Esgrima (1º), de fecha 03/10/09:
Visto: El informe del árbitro del partido de fecha 03/10/2009.-
RESUELVE:
En lo referente al cuerpo técnico del club Gimnasia y Esgrima, se lo sanciona por el término de 10 partidos. Art. 260 del RDTP.-
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MATCH: Colón Sta. Fe vs. La Salle (5º), de fecha 25/10/2009:
Visto: El informe del árbitro del partido de fecha 25/10/2009.-
RESUELVE:
* Dar por perdido el partido (Art. 152) en 5º categoría al club La Salle, con el siguiente resultado:
Colón Sta. Fe 1 – La Salle 0
* Multar al club La Salle con el V.E. 54 a $5 C/U. Art. 32, 33, 109 del RDTP.-
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MATCH: Santa Fe Fútbol vs. Las Flores II (1º), de fecha 17/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 17/10/2009 y descargo del Club Santa Fe Fútbol.-
RESUELVE:
Aplicar una reducción de la pena del 50 % al jugador Sr. Eduardo Costa Calvo, DNI 33931916 del club Santa Fe Fútbol. Art. 32, 33 del RDTP.-
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MATCH: Nacional vs.Don Sebastián (1º), de fecha 10/10/2009:
Visto: El informe del árbitro del partido de fecha 10/10/2009 y tomada las declaraciones al presidente del Club Don Sebastián.-
RESUELVE:
Continuar con la sanción del estadio del Club Don Sebastián hasta terminar el presente campeonato, en las divisiones de PRIMERA y RESERVA, debiendo hacer de local dicho Club en la ciudad de Santa Fe y en un estadio de primera división, Art. 32 y 33 RDTP.-
Sancionar a los siguientes jugadores, Art. 32, 33 del RDTP:

ALEGRE CECILIO 1 año
GOMEZ DIEGO 1 año
GORIS RUBEN DARIO 1 año
MARCIALI JULIO 1 año
MARTINEZ MATIAS 1 año
MEDINA MAXIMILIANO 1 año
ORTEGA LUCAS 1 año
TATTA MAURO 1 año
VILLALBA JUAN A 1 año
GODANO CRISTIAN 1 año
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MATCH: Atenas vs. Agua y Energía (1º), de fecha 12/10/2009:
Visto: El informe del árbitro del partido de fecha 12/10/2009.-
RESUELVE:
Suspender el estadio del Club Atenas hasta terminar el presente campeonato, en las divisiones de PRIMERA y RESERVA, debiendo hacer de local dicho Club en la ciudad de Santa Fe y en un estadio de primera división, Art. 32 y 33 RDTP.-
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MATCH: Atenas vs. Las Flores (Senior), de fecha 18/10/2009:
Visto: El informe del árbitro del partido de fecha 18/10/2009 y descargo del jugador.-
RESUELVE:
Sancionar al siguientes jugador:
FLORES ADRIAN // ATENAS 10 fechas.
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CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA:
MATCH: NOB vs. Gimnasia y Esgrima (7º), de fecha 18/10/2009
MATCH: Gimnasia y Esgrima vs. Unión ( 5º y 6º) de fecha 25/10/2009
Visto: El informe de los nombrados partidos.-
RESUELVE:
Citar por última vez al presidente o delegado en liga del Club Gimnasia y Esgrima para el día 03/11/2009 a las 21 hs para que explique los hechos sucedidos y el cargo o función del Sr. Walter Velásquez. De no ser así se sancionaran las categorías en cuestión y al Club.
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MATCH: Atenas vs. Def. Peñaloza (5º), de fecha 25/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 25/10/2009.-
RESUELVE:
* Solicitar descargo por escrito al DT del Club Def. Peñaloza,, Sr. Lemos Rubén para el día 03/11/2009. Retirar copia de informe en la Secretaria de la Liga Santafesina de Fútbol.-
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MATCH: Banco Provincial vs. San Cristóbal (Infantiles 99), de fecha 25/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 25/10/2009.-
RESUELVE:
* Solicitar descargo por escrito a los Clubes de San Cristóbal y Banco Provincial para el día 03/11/2009. Retirar copia de informe en la Secretaria de la Liga Santafesina de Fútbol.-
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MATCH: El CADI vs Independiente (9º), de fecha 25/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 25/10/2009.-
RESUELVE:
* Solicitar descargo por escrito al presidente del Club El CADI para el día 03/11/2009. Retirar copia de informe en la Secretaria de la Liga Santafesina de Fútbol.-
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MATCH: San Cristóbal vs. N.O.B. (Senior), de fecha 23/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 23/10/2009.-
RESUELVE:
Dar por finalizado el partido con el resultado en ese momento, Art. 32 y 33 del RDTP.-
San Cristóbal 1 – N.O.B. 1
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MATCH: Central san Javier vs. Central Helvecia (5º), de fecha 25/10/09:
Visto: Informe del árbitro del partido de fecha 25/10/2009.-
RESUELVE:
* Solicitar descargo por escrito al Club Central Helvecia para el día 03/11/2009. Retirar copia de informe en la Secretaria de la Liga Santafesina de Fútbol.-
* Sancionar provisoriamente a los siguient jugador:
TOTTEREAU ANDRES // CENTRAL HELVECIA

Fallos varios:
Visto: Notas de descargo y apelaciones por sanciones impuestas por este Tribunal, presentadas por los siguientes clubes, jugadores y/o integrantes de cuerpos técnicos:
Club Náutico El Quilla (Nota del 22/10/2009)
Club San Cristóbal - (Nota del 26/10/2009)
RESUELVE:
Ratificar las sanciones impuestas. Art. 32, 33 y 40 RDTP.
Art. 40 - Los fallos del Tribunal de Penas, en lo que atañe a su competencia, serán inapelables dentro del ámbito de la liga, y sólo podrán ser reconsiderados de oficio por el propio Tribunal en la misma sesión o en la inmediata siguiente siempre que haya igual o mayor quórum al que había cuando se dictó la resolución a reconsiderar, …
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Extraído del Informe del Tribunal del Disciplina de la Liga Santafesina de Fútbol

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