Que viva el fútbol

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jueves, 19 de septiembre de 2013

Sanciones del tribunal de disciplina Liga Santafesina (19 de septiembre)

JUGADORES SUSPENDIDOS
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 11/09/2013 al 15/09/2013.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).

RAMIREZ FRANCISCO _ ATENEO _1 fecha. Art. 207
CARDOZO MARIO _LA PERLA 1 fecha. Art. 208
SANDOVAL YONATAN _ NACIONAL_ 1 fecha. Art.  207
LENCINA JOAQUIN _NEWELLS_ 1 208 1º A
SILVETTI LUCAS _ NEWELLS_ 1 fecha. Art. 207
BARBONA JUAN _ SAN CRISTOBAL_ 1 fecha. Art 208
RODRIGUEZ JOSE _ SANJUSTINO_ 2 fechas. Art. 185/220
CADENAZZI FELIPE _ SANTA FE FC_ 1 fecha. Art.  207
POZZER IGNACIO_ SP. GUADALUPE_ 3 fechas. 186/204
MENDOZA ALEJANDRO _ UNIVERSIDAD 1 fecha. Art. 208
LUCERO RODRIGO _ ATENAS _1 fecha. Art. 207
ALBINO DANIEL _ BELGRANO_ 1 fecha. Art. 208
LOPEZ FABIO _BELGRANO _1 fecha. Art. 208
ACOSTA JUAN _ CICLON NORTE _1 fecha. Art. 207
BOGADO CARLOS _CICLON RACING_ 1 fecha. Art. 208
MANCUELLO ALEJANDRO_ DON SALVADOR_ 1 fecha. Art. 208
PERALTA ESTEBAN _ DON SALVADOR_ 1 fecha. Art. 208
FIGUEROA BRIAN _ EL CADI_ 4 fechas. Art. 185
GIMENEZ EZEQUIEL _ EL CADI_ 1 fecha. Art.  208
VILLANUEVA NICOLAS_ EL CADI _1 fecha. Art. 208
LOPEZ GABRIEL _ FLORESTA_ 1 fecha. Art. 208
VALENZUELA HECTOR _ FLORESTA_ 2 fechas. Art. 201
VELAZQUEZ NICOLAS_ FLORESTA _1 fecha. Art. 207
FIORANO LEANDRO _ INDEPENDIENTE _1 fecha. Art. 208
LOPEZ MATIAS_ JUVENTUD _2 fechas. Art. 201
ALVAREZ GUIDO_ LOS JUVENILES_ 1 fecha. Art. 207
BURGUENER DIEGO _ LOS JUVENILES_ 1 fecha. Art. 207
NUÑEZ VICTOR _ LOS JUVENILES _4 fechas. Art. 185

Reserva
PRENO SEBASTIAN _ ARGENTINO_ 2
CASTELANI IVAN _ BANCO PROV _1
DOBLER FEDERICO _ BANCO PROV_ 1
SOTO ANDRES _COLON SAN JUSTO_ 1
VIDAURRAZAGA MAURICIO _ LAS FLORES_ 1
PLUCCI LUCAS _ SAN CRISTOBAL _1
NIERES ARIEL _ EL CADI _1
VALDEZ EROK _EL CADI_ 1
ESCOBAR WALTER _ LOS JUVENILES_ 1

FEMENINO
DE BERNARDI CORINA _ CICLON RACING _1
REYES ELIANA _ DEF DEL OESTE_ 1
PONCE SILVINA_LAS FLORES _4
DAIER ROMINA _ SANTA FE FC_ 1

SENIOR
ROMERO EDUARDO _ LA SALLE_ 1
SUAREZ OSCAR _ N. HORIZONTE_ 1
ALBE CRISTIAN _ NEWELLS _1
SABAS RICARDO _ NEWELLS _1
SUAREZ JUAN _ NEWELLS _1

Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 04/09/2013 al 08/09/2013. 
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP). 
RODRIGUEZ DIEGO _ GIMNASIA Y ESGR_ 1 Fecha o multa de 21 VE a $ 25 c/u 260 1º B
JACOBI MARIO _JUCENTUD _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 25 c/u 260 1º B
GUZMAN LEONARDO _ LOS JUVENILES_ 1 MES 260 1º B
SCOZZINA DIAZ DAVID _LA SALLE _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 25 c/u 260 SENIOR
UTRERA RICARDO _SAN LORENZO _1 Fecha o multa de 21 VE a $ 25 c/u 260 SENIOR

Fallos sobre partidos
Expte Nº126/2013 
Partido: LAS FLORES vs. PUCARA (5º), de fecha 04/09/2013 
VISTO: Que el Club Pucará ha presentado un escrito de fecha 16/09/2013 en donde explica los hechos sucedido, cumpliendo con lo solicitado en Boletín Nº35/2013. Pero no así el Club Las Flores.

1) Dar por perdido el partido al Club Pucará con el siguiente resultado: Pucará: 0 – Las Flores: 1 (cfr. rts. 32, 33, 106 y 152 del RTP)
2) Sancionar al Club Pucará con 1 (una) amonestación. (cfr. arts. 32, 33 y 287 del RTP).
3) Archívese y publíquese.

Expte Nº125/2013 
Partido: AGUA Y ENERGIA vs COLON DE SANTA FE (6º), de fecha 04/09/2013 
VISTO: El escrito presentado por el señor Leandro Malisani de fecha 17/09/2013, cumplimentado con lo solicitado en Boletín Nº35/2013.
RESUELVE:
1) Dar por presentado el descargo del señor Leandro Malisani.
2) Dar por finalizado el encuentro con el resultado de planilla al momento de ser suspendido, Agua y Energía: 0 – Colón Sta Fe: 3. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
3) Archívese y publíquese.

Expte Nº124/2013 
Partido: AGUA Y ENERGIA vs COLON DE SANTA FE (5º), de fecha 04/09/2013 
VISTO: Que el señor Juan José Bordón cumplimentó con lo solicitado en Boletín Nº35/2013 y que el Club Agua y Energía lo ha realizado en nombre del señor Horacio Ayala.
CONSIDERANDO: Que existen contradicciones en el informe arbitral, las cuales son explicadas en los descargos presentados por el Club Agua y Energía.
RESUELVE:
1) Dar por finalizado el encuentro con el resultado de planilla al momento de ser suspendido, Agua y Energía: 0 – Colón Sta. Fe: 4. (cfr. arts. 32 y 33 del RP)
2) Dar por cumplida la sanción al señor Horacio Ayala, integrante del cuerpo técnico del Club Agua y Energía. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP).
3) Dar por presentado el descargo del señor Juan Bordón, integrante del cuerpo técnico del Club Agua y Energía.
4) Archívese y publíquese.

Expte Nº117/2013 
Partido: CENTRAL HELVECIA vs COSMO FC (1º B), de fecha 31/08/2013: 
VISTO: el escrito presentado por el señor Luis Escobar y que en el día de la fecha se ha tenido audiencia oral con el Presidente del Club Central Helvecia, y posteriormente con los señores Luis Escobar y el Vicepresidente de la Liga Santafesina de Fútbol, señor Axel Menor. Y que luego de que este Tribunal se hizo de toda la documentación necesaria y probatoria para emitir el fallo; por todo lo expuesto:
RESUELVE:
1) Dar curso a la protesta realizada por Cosmo FC, dando por ganado el partido a Cosmo FC con el siguiente resultado: C. Helvecia: 0 – Cosmo FC: 1. Art. (cfr. Arts. 15, 32 ,33 y 152 del RTP)
2) Sancionar al Club Central Helvecia con una multa equivalente al derecho de protesta de partido (150 VE a $25 c/u). (cfr. arts. 21, 32 y 33 del RTP).
3) Archívese y publíquese

Expte Nº116/2013 
VISTO: Que el Presidente del Club Independiente por razones de fuerza mayor no se pudo hacer presente en el día de la fecha y dando aviso a este Tribunal.
RESUELVE:
1) Continuar con la sanción provisoria al señor Brian Cano,ahora jugador fichado en el Club Independiente. (cfr. arts. 22 del RTP).
2) Se cita al presidente del Club Independiente para el día 24/09/2013 a las 19:30 hs en la Sede de la Liga Santafesina de Fútbol.

Expte Nº114/2013 
VISTO: Que el Presidente del Club Independiente por razones de fuerza mayor no se pudo hacer presente en el día de la fecha y dando aviso a este Tribunal.
RESUELVE:
1) Continuar con la sanción provisoria al señor Nahuel Sánchez, jugador fichado ahora en el Club Independiente. (cfr. art. 22 del RTP).
2) Se cita al presidente del Club Independiente para el día 24/09/2013 a las 19:30 hs en la Sede de la Liga Santafesina de Fútbol.

REPROGRAMACIONES: 
RESUELVE: 
Solicitar a la Secretaría de Torneos que se reprogramen los siguientes partidos (cfr. arts. 32 y 33 del RTP):
1) Partido: Universidad vs. Colón Santa Fe de 3º división
2) Partido: Sp. Guadalupe vs. Nacional de 3º división
3) Partido: Gimnasia y Esgrima vs. Ciclón Racing de 3º división
4) Partido: Newells vs. Pucará de 3º división.

FUTSAL 
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 11/09/2013 al 12/09/2013.
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP).
CATANIA WALTER _ ALIANZA PROV 22
SUSSMAN ANDRES _ ALIANZA PROV 22
LEMOS AGUSTIN _ LA SALLE PROV 22
SALVATIERRA EMILIANO _ LA SALLE PROV 22

Expte Nº127/2013 
Partido: ASOCIACION AJEDREZ vs ALIANZA (FUTSAL), de fecha 11/09/2013 
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 11/09/2013 y nota presentada por la Asociación de Ajedrez de fecha 13/09/2013.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club Alianza, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito.
Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
2) Sancionar provisoriamente a los señores Walter Catania y Andrés Sussman, jugadores del Club Alianza. (cfr. art. 22 del RTP).
3) Córrase traslado de las actuaciones a los señores Walter Catania y Andrés Sussman, jugadores del Club Alianza, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP).

Expte Nº128/2013 
Partido: LA SALLE vs NEWELLS (FUTSAL), de fecha 11/09/2013 
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 11/09/2013.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club La Salle, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
2) Córrase traslado de las actuaciones al Club Newells, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP).
2) Sancionar provisoriamente a los señores Agustín Lemos y Emiliano Salvatierra , jugadores del Club La Salle. (cfr. art. 22 del RTP).
3) Córrase traslado de las actuaciones a los señores Agustín Lemos y Emiliano Salvatierra, jugadores del Club La Salle, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP).

Total de Amonestaciones acumuladas por Club impuestas por el H.T.P. 
Club Amonestaciones
Agua y Energía 4
Argentinos 3
Atenas 7
Banco Prov 3
Belgrano 4
C. Helvecia 4
Ciclón Racing 2
Colón Santa Fe 2
Colón San Justo 1
Cosmo FC 2
Def. Alto Verde 1
Don Salvador 2
El Cadi 10
Floresta 4
Gimnasia y Esgr. 2
Independiente 9
La Perla 3
La Salle 2
Las Flores 3
Los Juveniles 2
Loyola 10
Pucara 3
Nacional 5
Newells 1
N. Horizonte 2
Peñaloza 5
Pucará 1
San Cristóbal 5
Sanjustino 1
Santa Fe FC 1
Unión Santa Fe 1

Aclaración: Los descargos deben presentarse por escrito en la Sede de la Liga Santafesina de Fútbol y dirigidos al Honorable Tribunal de Penas de la Liga Santafesina de Fútbol, con sello y firma del presidente y Secretario del club o con la firma, aclaración y DNI del imputado; razón por la cual no se admitirán ningún tipo de presentación que no sea por la forma antes dicha. No se aceptarán presentaciones vía fax, correos electrónicos ni exposiciones personales, salvo que fueran requeridas por este Tribunal. Aclarando que deben ser dirigido al Honorable Tribunal de Penas.
MIEMBROS PRESENTES: Dr. Raúl Delgado, Sr. Orlando Astuena, Dr. Roberto Apullán y Sr. Tristán Corazza

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