Que viva el fútbol

Que viva el fútbol

jueves, 20 de septiembre de 2012

Tribunal de disciplina Liga Santafesina (20 de septiembre)


Rotura del alambrado en la hinchada visitante de la cancha de Juventud. Foto: Pablo Pérez

Clausuraron la cancha de Nobleza
Producto de la suspensión del partido  de la 8ª fecha, donde hubo una bomba de estruendo que explotó en posición cercana a la del árbitro Martín Mendoza y por la rotura de este alambrado en las instalaciones del club Juventud Unida, el tribunal decidió la clausura momentánea del estadio de Deportivo Nobleza de Recreo. 


Jugadores con nueve (9) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”

ROLON RAUL _ LA PERLA
FONSECA JAVIER _ LA SALLE
DEL SASTRE HERNAN _ QUILLA

Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
BELTRAMO JOAQUIN _ ARGENTINO
DIAZ GERARDO _ ARGENTINO
GIUPPONI CRISTIAN _ ARGENTINO
SCHWICH GABRIEL _ ARGENTINO
DEGRAVE MARTIN _ ATENEO
MAYORAZ SANTIAGO _ ATENEO
RAMIREZ JUAN _ ATENEO
REYNARES JOSE _ ATENEO
BERNIA MATIAS _ BANCO PROV
LUJAN JOAQUIN _ BANCO PROV
PAYES DIEGO _ CICLON NORTE
BOGAO CARLOS _ CICLON RACING
MOLLI NICOLAS _ CICLON RACING
PERRET NICOLAS _ CICLON RACING
BOCOS FRANCO _ COLON SAN JUSTO
CEJAS JUAN _ COLON SAN JUSTO
VEGETTI PABLO _ COLON SAN JUSTO
ZILLI FENANDO _COLON SAN JUSTO
JOURDAN FEDERICO _COLON
KUMMER FACUNDO _ COLON
SERVIN SEBASTIAN _ COLON
AGUIRRE DIEGO _ GIMNASIA Y ESG
GONZALEZ GUILLERMO_ GIMNASIA Y ESG
PEREZ NICOLAS _ GIMNASIA Y ESG
ACUÑA LEONEL _ LA PERLA
FERNANDEZ FACUNDO _ LA PERLA
RILLO MIGUEL _ LA PERLA
DELLARA SEBASTIAN _ LA SALLE
GALVEZ CRISTIAN _ NEWELLS
MENDOZA SEBASTIAN _ NEWELLS
TABORDA SEBASTIAN _ NEWELLS
GONZALEZ EMANUEL _ PUCARA
GONZALEZ JORGE _ PUCARA
VALLEJOS PATRICIO _ PUCARA
ECHAGÜE GUSTAVO _ QUILLA
MARTI SANTIAGO _ QUILLA
SPEZIALE PABLO _ QUILLA
TORESANI LAUTARO _ QUILLA
VALINOTTI AUGUSTO _ QUILLA
INFANTE IGNACIO _ SAN CRISTOBAL
KLENZI LUIS _ SAN CRISTOBAL
SALDAÑA PABLO _ SAN CRISTOBAL
TAMI GERMAN _ SAN CRISTOBAL
ZSIKAY DANIEL _ SAN CRISTOBAL
JUAREZ MARCELO _ SANJUSTINO
RODRIGUEZ JOSE _ SANJUSTINO
OLIVA ALAN _ SANTA FE FC
BERNIA PABLO _ UNION
TISOCCO JUAN D _ UNION
VAZQUEZ JONATAN _ UNION
CAVALLO EMILIANO _ UNIVERSIDAD
CORTEZ EXEQUIEL _ UNIVERSIDAD
RIZZI CRISTIAN _ UNIVERSIDAD


Primera Categoría “B”
VALLEJO DIEGO _ATENAS
CORIA ESTEBAN _ BELGRANO
LOPEZ FABIO _ BELGRANO
MALISANI MARIO _ BELGRANO
CARREL ADRIAN _ C. HELVECIA
CORTES LEONEL _ C. HELVECIA
ESPINOSA AGUSTIN _ C. HELVECIA
FRANCO DAMIAN _ C. HELVECIA
MANGOLD GUILLERMO _C. HELVECIA
MOREIRA FERNANDO _ C. HELVECIA
ALCARAZ SEBASTIAN _ DON SALVADOR
FIDALGO JUAN _ DON SALVADOR
GONZALEZ JUAN _ DON SALVADOR
MACHADO EXEQUIEL _ DON SALVADOR
QUIROGA MATIAS _ DON SALVADOR
SERRA JUAN _ DON SALVADOR
MENDOZA SEBASTIAN _EL CADI
FRUTOS ADRIAN _ FLORESTA
MOLINA FERNANDO _ FLORESTA
RODRIGUEZ GUSTAVO _ FLORESTA
SAUCEDO MARIO _ FLORESTA
SANROMAN LEANDRO _ INDEPENDIENTE
SARLA AGUSTIN _ INDEPENDIENTE
BARBERO JOSE _JUVENTUD
GEROSA FERNANDO _ JUVENTUD
ARAYA MAXIMILIANO _LAS FLORES II
SANDOVAL MATIAS _ LAS FLORES II
REINGIESTEIN JAVIER _ N. HORIZONTE
DEL SASTRE JORGE _ NACIONAL
ALBINI CLAUDIO _ NOBLEZA
COLL GUSTAVO _ NOBLEZA
FERNANDEZ MARIO _ PEÑALOZA
RODRIGUEZ JONATAN _ PEÑALOZA
AMARILLA LUCAS _ SP. GUADALUPE
SILVA WILFREDO _ SP. GUADALUPE
TORRES PABLO _ SP. GUADALUPE

Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 11/09/2012 al 16/09/2012.-
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. Art 32, 33 y 40 del RTP.-
VALLEJOS DIEGO _ ATENAS_ 2 fechas. Art. 201
SABAS EMILIANO 36011051 BANCO PROV 1 207 1°
ACOSTA JUAN 35733261 CICLON NORTE 1 207 1°
MALDACENO GERARDO 35223614 CICLON RACING 3 200 1°
GIMENEZ CESAR 30194570 INDEPENDIENTE 1 207 1°
BARBERO JOSE 35748660 JUVENTUD 1 207 1°
TORRES JOSE 35653345 LAS FLORES II 1 208 1°
FRANCO MAXIMILIANO 30786694 NEWELLS 4 48/200 1°
ZANCADA WALTER 25652389 NEWELLS 2 185/220 1°
BENITEZ ESTEBAN 34466585 NOBLEZA 1 207 1°
GARIBOLDI ALEJANDRO 32089501 QUILLA 1 207 1°
FANTIN MATIAS 30309473 UNION SFE 1 207 1°
DAGAMETTI DUILIO 32937504 UNIVERSIDAD 4 185/207 1°
YACUZZI ESTEBAN 33803557 UNIVERSIDAD 2 201 1°
FUNES JUSTO 36581110 ATENEO 1 208 1º
GOMEZ EDUARDO 33836737 C. HELVECIA 1 208 1º
BOITUZAT EMANUEL 30729213 CICLON NORTE 1 208 1º
LEDESMA FRANCISCO 28834399 CICLON RACING 1 208 1º
MINOTTI BRIAN 38372553 COLON SAN JUSTO 1 208 1º
LOVERA IGNACIO 36581025 COLON SFE 1 208 1º
VILLARRUEL GUSTAVO 37074798 COLON SFE 1 208 1º
RAMIREZ WALTER 36264510 DON SALVADOR 1 208 1º
CARRIZO JAVIER 33891909 EL CADI 1 208 1º
SCOTTA SEBASTIAN 32799758 JUVENTUD 1 208 1º
RIVERO SERGIO 36758762 N. HORIZONTE 1 208 1º
GONZALEZ JOSE 32960935 PEÑALOZA 1 208 1º
PAIVA JESUS 36002072 PEÑALOZA 1 208 1º
BUSCHIAZZO FEDERICO 37283533 SP. GUADALUPE 1 208 1º
HOFSTETTER HUGO 37231755 UNION SFE 1 208 1º

Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos
CAMPANA LUCIANO _ ARGENTINO _ 1Fecha o multa de VE 21 a $ 20 c/u. Art.  260 1°
ILLANES JUAN _ ATENAS_ 2 Fechas o multa de VE 42 a $ 10 c/u. Art.  260 1°
OYERAS MIGUEL _ NEWELLS_ 2 Fechas o multa de VE 42 a $ 20 c/u. Art.  260 1°
VELAZQUEZ WALTER _ SP. GUADALUPE_ 2 Fechas o multa de VE 42 a $ 10 c/u. Art.  260 1°
TOLOZA RAUL _AGUA Y ENRGIA_ 4 Fechas o multa de VE 84 a $ 10 c/u. Arts.  48/260 5°
ROJAS FACUNDO _ SANTA FE FC_ 4 Fechas o multa de VE 84 a $ 10 c/u. Art.  260 9°

Resuelve: Sanciones a delegados de Clubes
POCCIA ESTEBAN _ CICLON RACING 2 FECHAS 32/33 Delegado

Otra vista del alambrado roto en cancha de Juventud. Foto: Pablo Pérez

Fallos sobre partidos
Expte Nº69/2012
Partido: SAN CRISTOBAL vs. NOBLEZA (Inf.), de fecha 15/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 16/09/2012.
RESUELVE:
Córrase traslado de las actuaciones al Club Dep. Nobleza, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. Art. 7 del RTP.-

Expte Nº68/2012
Partido: DEP NOBLEZA vs. SAN CRISTOBAL (5º), de fecha 16/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 16/09/2012.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al Sr. Matías Velazquez, jugador del Club Dep. Nobleza. Art. 22 del RTP.
2) Córrase traslado de las actuaciones al Sr. Matías Velazquez, jugador del Club Dep. Nobleza, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. Art. 8 del RTP.-
3) ) Solicitar al Club San Cristóbal para el día 25/09/2012 un informe por escrito en donde se diga si el jugador que no puedo continuar el partido por una supuesta lesión luego de recibir una falta cometida por el Sr. Matías Velazquez, continúa lesionado y si fuera así que tipo de lesión y adjuntar informe médico

Expte Nº67/2012
Partido: DEF. PEÑALOZA vs. DON SALVADOR (5º), de fecha 16/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 16/09/2012.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al Sr. Francisco González, jugador del Club Def. Peñaloza. Art. 22 del RTP.
2) Córrase traslado de las actuaciones al Sr. Francisco González, jugador del Club Def. Peñaloza, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. Art. 8 del RTP.-

Expte Nº66/2012
Partido: JUVENTUD UNIDA vs. NOBLEZA (1º), de fecha 15/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 15/09/2012.
RESUELVE:
1) Se clausura provisoriamente la cancha del Club Nobleza. Art. 23 y 81 del RTP.
2) Córrase traslado de las actuaciones al Club Dep. Nobleza, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. Art. 7 del RTP.-

Expte Nº65/2012
Partido: FLORSTA vs. ATENEO (7º), de fecha 12/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 12/09/2012.
RESUELVE:
1) Dar por perdido el partido al Club Ateneo, con el siguiente resultado: Floresta: 1 – Ateneo: 0. Art. 106 del RDTP.
2) Sancionar al Club Ateneo con una multa de 58 VE a $ 10 c/u. Arts. 32, 33 y 109 del RTP
Expte Nº64/2012
Partido: GIMNASIA Y ESG. vs. COLON (SJ) (6º), de fecha 16/09/2012:
VISTO: El escrito presentado por el Club Gimnasia y Esgrima de fecha 17/09/2012 y el informe del árbitro del partido de fecha 16/09/2012.
RESUELVE:
Solicitar al árbitro del partido un presupuesto o factura del teléfono celular en cuestión en dicho informe; detallando marca y modelo de l mismo.

Expte Nº63/2012
Partido: SANJUSTINO vs. PUCARÁ (Inf. May.), de fecha 15/09/2012:
VISTO: El escrito presentado por el Club Pucará de fecha 18/09/2012 y el informe del árbitro del partido de fecha 15/09/2012.
RESUELVE:
Atento a lo que explica en su nota el Club Pucará, se le solicita a la Secretaría de Torneos que informe a este H.T.P. si desde esa secretaría se realizó algún cambio de día y hora para la realización de los partidos de referencia y si fuera así, detallar como y quién se lo comunicó a cada Club.

Expte Nº62/2012
Partido: ATENAS vs. N. HORIZONTE (INF), de fecha 09/09/2012:
VISTO: Que el Club Nuevo Horizonte no ha formulado el descargo solicitado en Boletín Oficial N°34/2012.
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho a la defensa al Club Nuevo Horizonte y se lo declara en rebeldía. Art. 7 del RTP.
2) Se Sanciona al Club Nuevo Horizonte con una multa de VE 35 a $ 10 c/u. Arts. 32, 33, 83 inc b y 220 del RTP.

Expte Nº61/2012
Partido: COLON STA FE vs. UNION STA FE ( 6º y 7º), de fecha 09/09/2012:
VISTO: El escrito presentado por el Club A. Unión de fecha 14/09/2012, cumpliendo en tiempo y forma con lo solicitado en Boletín oficial N°34/2012
RESUELVE:
Se da por presentado el descargo del Club A. Unión. Archívese y publíquese. Art. 32 y 33 del RTP.

Expte Nº60/2012
Partido: UNION STA FE vs. COLON STA FE (8º), de fecha 09/09/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 09/09/2012 y escrito presentado por el Sr. Carlos Marín de fecha 14/09/12.
RESUELVE:
Córrase traslado de las actuaciones al Club Colón de Santa Fe, por el término de 5 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito, en donde deberá constar las funciones que cumple en dicho Club el Sr. Carlos Gustavo Marín. Art. 7 del RTP.-

Expte Nº59/2012
Partido: EL CADI vs. DON SALVADOR (INF), de fecha 09/09/2012:
VISTO: El escrito presentado por el Club Don Salvador de fecha 17/09/2012, cumpliendo en tiempo y forma con lo solicitado en Boletín oficial N°34/2012
RESUELVE:
Sancionar al Club Don Salvador con una multa de 30 VE a $10 c/u. Arts. 32, 33, 83 del RTP.

Expte Nº58/2012
Partido: NEWELLS vs. INDEPENDIENTE (INF), de fecha 09/09/2012:
VISTO: El escrito presentado por el Club Newells de fecha 14/09/2012, cumpliendo en tiempo y forma con lo solicitado en Boletín oficial N°34/2012
RESUELVE:
Sancionar al Club Newells con una multa de 30 VE a $ 10 c/u. Arts. 32, 33, 83 del RTP.

Expte Nº57/2012
Partido: SAN CRISTOBAL vs. CICLON NORTE (1º), de fecha 08/09/2012:
VISTO: Que los Sres. Alejandro Osti, y Pablo Saldaña,  han formulado el descargo solicitado en Boletín Oficial N°34/2012 en tiempo y forma.
CONSIDERANDO: Que los descargos presentado por el Sr. Alejandro Osti y el Sr. Pablo Saldaña, integrante del cuerpo técnico y jugador del Club Pucará respectivamente, corresponde señalar que las razones expuestas en los mismos no logran conmover los motivos tenidos en cuenta por este H.T.P., entre los cuales, cabe destacar que los informes arbitrales confeccionados constituyen semiplena prueba de lo que en ellos consignan y que solo mediante pruebas directas en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna. En tal sentido es dable advertir que en el informe en cuestión el Sr. Árbitro en forma precisa y detallada da cuenta de la conducta antirreglamentaria, por tal motivo…

RESUELVE:
1) Sancionar por el término de 5 partidos al Sr. Saldaña Pablo, DNI 31.065.854, jugador del Club San Cristóbal. Art 184/220 del RTP.
2) Sancionar por el término de 3 meses al Sr. Osti Alejandro, DNI 24.855.967, integrante del cuerpo técnico del Club San Cristóbal. Art. 260 del RTP.

Expte Nº50/2012
Partido: COLON SAN JUSTO vs. SANTA FE FC (5º), de fecha 26/08/2012:
Atento a que la Comisión de habilitación de Estadios ha inspeccionado las instalaciones del club Colón de San Justo (cancha auxiliar) y que por medio de nota presentada a este H.T.P. de fecha 18/09/12 nos comunica que en el estadio del Club Colón de San Justo se llevaron a cabo las obras solicitadas por este organismo, quedando habilitado el nombrado estadio para partidos oficiales organizados por la Liga Santafesina de Fútbol.

Expte. Nº38/2012
Partido: FLORESTA vs. SP. GUADALUPE (1º Y 3º), de fecha 04/08/2012
VISTO: Lo informado por la Secretaría de habilitación de estadios.
RESUELVE:
Atento que la Secretaría de habilitación de estadios inspeccionó las instalaciones del Club Floresta, y que ésta le solicitó a dicho club que realices distintas obras en las nombradas instalaciones y como existe nueva Comisión Directiva en el club de referencia Se otorga un plazo de 30 días corridos para que se terminen con las obras solicitadas. Teniendo la Secretaría de habilitación de estadios expedirse para el día 18/10/2012.


LISTADO DE AMONESTACIONES A CLUBES ( al 02/09/2012, por falta de delegados)
Total de Amonestaciones por Club
Argentino 3
Independiente 2
La Perla 1
Las Flores 3
Nacional 4
N. Horizonte 4
Newells 2
Peñaloza 2


No hay comentarios:

Publicar un comentario