Que viva el fútbol

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viernes, 4 de mayo de 2012

Tribunal de disciplina Liga Santafesina (3 de mayo)


Jugadores con CUATRO (4) Amonestaciones impuestas por Árbitros
Primera Categoría “A”

GARBARINI FEDERICO _ ARGENTINO
ALBERDI MARTIN _ ATENEO
INSAURRALDE JUAN_ CICLON RACING
JOURDAN FEDERICO _ COLON
SERVIN SEBASTIAN _ COLON
MAZZON DIEGO _ GIMNASIA
ROLON RAUL_ LA PERLA
BIANCO JUAN _ LA SALLE
FONSECA JAVIER _ LA SALLE
FERRARI MARCELO _ PUCARA
BARBONA JUAN _ SAN CRISTOBAL
CASCO MARTIN _ SANJUSTINO
FRANCO MAXIMILIANO _ SANJUSTINO
MENDOZA ALEJANDRO _UNION
BROIN FEDERICO _ UNIVERSIDAD
YACUZZI ESTEBAN _ UNIVERSIDAD

Primera Categoría B
LEITES ALBANO _ AGUA Y ENERGIAAZARLOZA RAUL _ DON SALVADOR
PIVIDORI ELEAN _NACIONAL

Jugadores suspendidos
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 18/04/2012 y 22/04/2012.-
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. Art 32/33 del RDTP.-

PARRA SEBASTIAN _ BELGRANO_ 2 fechas. Art. 201 CORRAL ADRIAN _ C. HELVECIA _1 fecha. Art. 207
MAYENFISH GERMAN_ COLON SANTA FE_ 1 fecha. Art. 186
ARTERISA EDGARDO_ EL CADI_ 2 fechas. Art. 201
ROMITTI JEHIEL _ NEWELL'S _2 fechas. Arts. 200/220
PAIVA JESUS _ PEÑALOZA _1 fecha. Art. 207
RODRIGUEZ JONATHAN _ PEÑALOZA_ 5 fechas. Arts. 199/200
IPARRAGURRE NICOLAS _ UNION _ 1 fecha. Art.  207
BRUNA JUAN _ UNIVERSIDAD _PROVISIONAL Art.  22
RAVIOLO LUIS _ UNIVERSIDAD_ 4 fechas. Art. 185

Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos
ZANINETTI RAUL _ NOBLEZA _1 Fecha o multa de VE 21 a $ 15 c/u . Art. 260 (1º)TENERELLO LEANDRO_ ATENEO_ 1 PARTIDO Arts. 32/33 (3º)
VERA EDUARDO _ CICLON NORTE_ 4 Fechas o multa de VE 84 a $ 20 c/u Art. 260 (3º)
MORENO ANTONIO _UNIVERSIDAD_ 1 PARTIDO Arts. 32/33 (3º)
BORDONI JUAN _ AGUA Y ENERGIA 4 Fechas o multa de VE 84 a $ 10 c/u. Art 260 (6º)
GONZALEZ JUAN _ ATENAS _1 Fecha o multa de VE 21 a $ 10 c/u. Art.  260 (10º)
RAVIOLO MARCELO _ QUILLA_ 1 Fecha o multa de VE 21 a $ 10 c/u. Art.  260 (INF)
BELGRADI GASTON_SAN CRITOBAL_ 1 Fecha o multa de VE 21 a $ 10 c/u. Art.  260 (INF)


Fallos sobre partidos
 Partido: BANCO PORV. vs. UNIVERSIDAD (1º), de fecha 28/04/2012 (Expte. 13/2012):
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 28/04/2012-
RESUELVE:
* Se solicita al Club Banco Prov. para el día 07/05/2012 un informe por escrito donde se diga si el jugador, Sr. Leonidas Bonaveri, DNI 27793391, a sufrido alguna lesión en el partido de referencia y si fuera así que tipo de lesión y adjuntar informe médico.
* Se sanciona provisoriamente al jugador del club Universidad, el Sr. Bruna Juan, DNI 31257778. Art. 22 del RDTP.-

Partido: LAS FLORES vs. N. HORIZONTE (Inf), de fecha 22/04/2012 (Expte. 11/2012):
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 22/04/2012-
RESUELVE:
* Se declara en rebeldía a ambos clubes. (Art. 7 del RDTP)
* Se solicita por última vez descargo por escrito a ambos clubes para el día 07/05/2012. Se deja copia del informe arbitral en la secretaria de la Liga Santafesina de Fútbol.

Partido: FLORESTA vs. BELGRANO (1º), de fecha 14/04/2012 (Expte. 12/2012):
VISTO: Nota presentado por el club Belgrano.-
RESUELVE:
Se solicita al árbitro del partido (Sr. Silvio Ramos) ampliación de informe. Se deja copia de nota en la secretaría de la Liga Santafesina de fútbol.

Partido: JUVENTUD vs. LAS FLORES (1º), de fecha 21/04/2012 (Expte. 14/2012):
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 21/04/2012-
RESUELVE:
Se solicita al Club Las Flores para el día 07/05/2012 un informe escrito donde se diga si el jugador que no puedo continuar el partido por una supuesta lesión, continua lesionado y si fuera así que tipo de lesión y adjuntar informe médico.

Partido: SAN CRISTOBAL vs. PUCARA (3º), de fecha 28/04/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 28/04/2012-
RESUELVE:
Solicitar a la Secretaría de torneo que reprograme dicho partido, debiéndose realizarse dentro de los 15 días corridos desde la publicación de este Boletín. Art. 32 y 33 del RDTP.-

Partido: NEWELLS vs. ATENEO (3º), de fecha 28/04/2012:
VISTO: El informe del árbitro del partido de fecha 28/04/2012-
RESUELVE:
Solicitar a la Secretaría de torneo que reprograme dicho partido, debiéndose realizarse dentro de los 15 días corridos desde la publicación de este Boletín. Art. 32 y 33 del RDTP.-



Extraído del boletín del tribunal de disciplina de la Liga Santafesina de Fútbol



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